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👉 Nueva Modificación al Reglamento Sanitario de los Alimentos!!
Con fecha 15 de septiembre de 2025, se publica en el Diario Oficial el Decreto 49, que modifica los artículos 109, 516 y 518 del RSA.
* Ministerio de Salud establecerá, por resolución publicada en el Diario Oficial, el contenido del programa de buenas prácticas de fabricación (BPF) de alimentos libres de gluten.
* los productos envasados secos rotulados como “Libres de gluten”, deberán disponerse en góndolas, estantes, vitrinas, receptáculos y, en general, en cualquier espacio exclusivo o segmentado para este tipo de alimentos, en forma separada, ya sea por distancia adecuada, que impida la transferencia de gluten, o a través de barreras físicas, de otros productos envasados secos de similares características que puedan transferir gluten, con el objetivo de disminuir el riesgo de contaminación cruzada.
* Se regula el tamaño mínimo de la frase “Libre de gluten” y el tamaño y formato del logo de la espiga tachada
* Este decreto entrará en vigencia 18 meses después de su publicación en el Diario Oficial, con la posibilidad de prorrogar por 12 meses mas
Puedes ver el Decreto 49 en el siguiente link: Ver Decreto 49
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