Propuestas y Sugerencias del INTA, Universidad de Chile, sobre la Implementación de la Ley de Composición Nutricional de los Alimentos y su Publicidad 20.606

Lunes 20 Octubre 2014

En general frente a la consulta pública sobre el contenido del Decreto de Implementación de la “Ley de composición nutricional de alimentos y su publicidad” el INTA considera importante aclarar que:

El país enfrenta una epidemia de obesidad que afecta a todos los grupos de edad y que tiene consecuencias importantes tanto de salud como económicos para toda la población. Frente a este escenario resulta urgente implementar acciones coordinadas y sistemáticas de control de la epidemia dentro de las que se enmarca la promulgación de la Ley 20.606 de Composición de Alimentos.

Considerando la falta de evidencia científica sobre el impacto de la medida de fijación de límites en la selección de alimentos por parte del consumidor, el INTA propone que se evalúen rigurosamente los impactos deseados y no deseados, que se implemente un plan de monitoreo y evaluación con el desarrollo de indicadores y que se considere la alternativa propuesta por el INTA en cuanto a establecer límites por categorías de productos.

A juicio del INTA los límites debieran ser establecidos en base a categorías de alimentos, indicando límites generales y límites específicos, y preferentemente según porciones de consumo. El fundamento biológico de esta propuesta es establecer un límite general que corresponde a un porcentaje con respecto al Valor de Referencia diario de cada nutriente y aplicado por categorías y por porción de consumo. Por lo tanto, esta metodología no sólo considera el peligro sino también la probabilidad de riesgo por exceso que va en función del tamaño de la porción. Además esta medida permitiría que el consumidor pueda discriminar acertadamente dentro de cada categoría de alimentos aquellos productos más saludables.

Se estima indispensable definir, en forma paralela al proceso de implementación de esta Ley, una campaña educativa y comunicacional dirigida a la población general, para orientarla en la selección de una alimentación saludable basada en las Guías Alimentarias.

Adicionalmente el INTA propone:

  • » Simplificar la información nutricional complementaria incluida en la etiqueta de los alimentos, para facilitar su comprensión por parte del consumidor, independiente de si queda afecto al mensaje de advertencia.
  • » Rediseñar la información nutricional con el objeto de destacar con letras y números más grandes el aporte de calorías, grasa saturada, azúcares totales y sodio, y el número y tamaño de las porciones incluidas en cada envase.
  • » En forma complementaria se sugiere intensificar las campañas de fiscalización sobre el cumplimiento de la normativa respecto al tamaño, fuente y contraste de la letra, en la tabla de información nutricional.
  • » Además, se propone que se utilice una porción de consumo de referencia obligatoria para el cálculo y evitar que se modifique arbitrariamente el tamaño de la porción, para facilitar la fiscalización de la implementación de esta Ley.
  • » Que el MINSAL en conjunto con el MINEDUC, de acuerdo a los artículos 4º y 6º de la Ley 20.606, a la brevedad y con antelación a la promulgación del Reglamento para la implementación de la Ley, emitan una Resolución que especifique desde un punto de vista conceptual cuáles son los alimentos y preparaciones sujetos a prohibición de venta o consumo al interior de los establecimientos educacionales.

En lo específico, en relación a las restricciones en la publicidad para los alimentos con exceso de nutrientes críticos el INTA opina y sugiere:

Que en relación a la restricción de la publicidad dirigida a los menores de 14 años, estamos de acuerdo que se prohíba cuando la audiencia es igual o mayor a un 20%. Sin embargo, se debiera indicar cuál será la Norma Técnica para la definición de las audiencias y la periodicidad de revisión, la cual debería ser al menos 1 vez al año.

Instituto de Nutrición y
Tecnología de los Alimentos
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